La desregularización del sector inmobiliario

Con una proclama de liberalización el gobierno de entonces, promulgo el decreto-ley 4/2000 de 23 de junio que supuso en la practica la desregularización del sector de intermediación inmobiliario en España.

En dicho decreto-ley aparece el articulo 3, y cito literal:

Artículo 3. Condiciones para el ejercicio de la actividad de intermediación inmobiliaria.

Las actividades enumeradas en el artículo 1 del Decreto 3248/1 969, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y de su Junta general, podrán ser ejercidas libremente sin necesidad de estar en posesión de título alguno ni de pertenencia a ningún Colegio oficial.

Hasta la fecha, los únicos que estaban identificados de una manera clara eran los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria colegiados. Los intermediarios inmobiliarios trabajamos en un tema, el de la vivienda, que es altamente sensible y tiene una gran repercusión a nivel social. Paradójicamente, en la actualidad existen mayores requisitos para un vendedor de tomates que para un agente inmobiliario ya que al primero se le exige un carnet de manipulador de alimentos y al segundo prácticamente nada.

La desregularización del sector, no sólo no ha contribuido a contener el precio de la vivienda sino que tampoco ha favorecido al ciudadano que quiere comprar o vender su vivienda o al profesional que se dedica a ofrecer sus servicios inmobiliarios, con el consiguiente perjuicio para la imagen de todo el colectivo. Esta ley tampoco ha contribuido a una comunidad de profesionales más preparados, ni a una mayor calidad del servicio, ni a una competencia leal, más bien todo lo contrario. Todos hemos salido perdiendo y el consumidor el primero.

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